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El OPAEF adelantará 280 M€ a los Ayuntamientos en 2023 en concepto de anticipos ordinarios, un 1,33% más que en 2022

Los períodos de cobro en voluntaria serán entre el 3 de abril y el 6 de junio, el primero, y entre el 1 de septiembre y el 7 de noviembre, el segundo

El Consejo Rector del OPAEF, presidido por Fernando Rodríguez Villalobos, titular de la Diputación de Sevilla y de este Organismo, ha aprobado, entre otros asuntos, la nómina de anticipos ordinarios de recaudación a los Ayuntamientos para el ejercicio 2023, que asciende a 280 millones de euros y supone un incremento del 1,33 por ciento en relación con la aprobada inicialmente en 2022.

Para ejecutar estos anticipos ordinarios, el OPAEF realizará un desembolso mensual de casi 25,5 millones de euros, con el fin de responder al derecho reconocido en la Ordenanza reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación de Sevilla para su ejercicio por el OPAEF, a las Entidades delegantes y así hacer posible que reciban once entregas mensuales e iguales, entre los meses de enero a noviembre, en concepto de anticipos de recaudación.

Estas entregas suponen el 90 por ciento de la recaudación voluntaria líquida del ejercicio anterior de los tributos recaudados mediante padrón, y son un mecanismo de apoyo financiero a los municipios que les permite disponer de manera anticipada, regular y sin coste alguno, de los ingresos previstos de su recaudación voluntaria.

Para Villalobos ‘la nómina de anticipos que aprobamos cada ejercicio permite a los Ayuntamientos realizar una planificación de sus servicios con la tranquilidad de contar con la financiación suficiente para dar el respaldo económico que necesita cualquier actuación que se realiza desde lo público’. En su opinión, ‘es una herramienta esencial con la que los alcaldes y alcaldesas pueden hacer uso de sus propios recursos pero de forma anticipada, ya que lo que hacemos es hacerles un adelanto sobre la recaudación que nutre a las arcas municipales, eso sí, sin coste económico ni interés financiero alguno’

Para financiar estos anticipos, la normativa vigente faculta al OPAEF a suscribir operaciones financieras por importe de hasta 181,5 M€ de euros, operaciones de las que, tal como se hizo en 2020, 2021 y 2022, no se realizarán en este ejercicio, ya que la Diputación pone al servicio del Organismo para estos fines hasta 60 M€ de euros, cantidad que, de ser insuficiente, está previsto incrementar hasta los 100 M€.

Se ha aprobado asimismo la delegación en la Vicepresidencia del OPAEF de la competencia para modificar estos anticipos en los casos previstos en la Ordenanza citada.

Y también se han ratificado los tipos de interés aplicables a los anticipos extraordinarios de voluntaria y ejecutiva, determinándose que los mismos se realicen al tipo fijo anual máximo para operaciones a tres meses que resulte del último Anexo I de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, publicado en la fecha en que se presente la solicitud.

Ese tipo es actualmente, conforme a la última actualización, publicada el 11 de enero de 2023, del 1,94 por ciento. Debe señalarse que durante 2021 y 2022 este tipo de anticipos se ofreció a coste cero, pero para este ejercicio se ha tenido en cuenta la evolución de los mercados así como la vida media de estas operaciones, que será menor en este ejercicio como consecuencia de la finalización de los actuales mandatos a mitad de ejercicio.

De igual modo, el Consejo Rector ha aprobado los períodos generales de cobro en voluntaria de todos los tributos delegados en el OPAEF que se recaudan mediante recibos periódicos, fijando para el primer semestre el período comprendido entre los días 3 de abril y 6 de junio de 2023, ambos inclusive, y para el segundo semestre el período comprendido entre los días 1 de septiembre y 7 de noviembre de 2023, ambos inclusive.

En este ejercicio el Consejo Rector ha acordado homogeneizar también los períodos de cobro de aquellas figuras con periodificación trimestral o cuatrimestral, estableciendo así cuatro períodos, del 3 de abril al 6 de junio de 2023 (coincidente con el del primer semestre); del 5 de julio al 5 de septiembre de 2023; y del 5 de octubre al 5 de diciembre de 2023. Los cargos que se reciban con posterioridad al 1 de octubre de 2023 se pondrán al cobro ya en 2024, en el período comprendido entre el 5 de enero y el 6 de marzo. Con esta medida se pretende dar más seguridad jurídica a los ciudadanos, que podrán hacer sus previsiones con más antelación que en ejercicios anteriores, y mejorar la eficacia en el Organismo, al facilitar también la programación de las actuaciones y la mecanización de los procedimientos.